FICHA Nº5.5. Caracteres del acto administrativo

Problema central/objetivo de enseñanza: Conceptualizar y adentrarse en las diversas problemáticas que presentan los conceptos denominados “caracteres” del acto administrativo.

1. Guía de desarrollo temático. 
a.      Identifique en que norma del decreto-ley se encuentran regulados los denominados “caracteres” del acto administrativo.
b.     Diferencie ejecutoriedad y ejecutividad o exigibilidad del acto administrativo.
c.      ¿Qué significa que un acto administrativo tenga “ejecutoriedad”?
d.     Teniendo en cuenta la vigencia del principio de legalidad en tanto pilar básico del Estado de Derecho y fundamento necesario de cualquier potestad de imperio ¿Considera Ud. que la “ejecutoriedad” tal y como se encuentra consagrada en el decreto-ley 19549/72 puede o debe ser interpretada con criterio amplio? ¿Cuáles serían los límites a la “ejecutoriedad” del acto administrativo? Fundamente.
e.      ¿Qué es la presunción de legitimidad? Relacione la presunción de legitimidad con la ejecutoriedad del acto administrativo. ¿La presunción de legitimidad tiene fundamento constitucional? Fundamente su respuesta.
f.      Compare y diferencie la presunción de legitimidad del acto administrativo con la presunción de validez del acto jurídico. Señale similitudes y diferencias.
g.     Relacione la presunción de legitimidad del  acto administrativo con el sistema de nulidades en el derecho administrativo.
h.     ¿Es razonable sostener que la presunción de legitimidad se extiende a los casos de actos “inexistentes”? ¿Y a los actos nulos de nulidad absoluta? Enumere y clasifique posibles vicios del acto administrativo que excluyan la presunción de legitimidad.
i.       Relacione la concepción amplia o restringida de presunción de legitimidad con la noción de libertad y autoritarismo político.
j.       Enumere y diferencie las distintas doctrinas sobre presunción de legitimidad.
k.     Compare y diferencie la estabilidad del acto administrativo en beneficio de la administración y del administrado. Fundamente su respuesta.
l.       ¿Puede el particular impugnar un acto estable? ¿Y la administración? Identifique los límites a la potestad revocatoria de la administración diferenciando los casos de actos regulares e irregulares.
m.    ¿Qué es la acción de lesividad?

2. Actividad práctica.

a) El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires inicia una acción judicial a los fines de que se libre una orden de allanamiento para un inmueble ubicado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los efectos de proceder a dar cumplimiento con lo dispuesto por una Resolución del Señor Subsecretario de Medio Ambiente en la cual se resolviera que en la  citada finca se debe proceder a realizar tareas de higienización “...por estar seriamente afectada la salubridad del lugar, revistiendo el carácter de urgentes las tareas que deben realizarse para evitar poner en peligro la salud de los vecinos de la zona...”.

Expone que la vivienda se encuentra muy deteriorada, en estado de abandono, “verificándose la existencia de roedores”. Acredita haber notificado la intimación al propietario y haber publicado la misma en el Boletín Oficial a los fines que el mismo realice la desratización e higienización del mismo, como así también la reparación de la acera y la construcción del cerco reglamentario dentro de los diez (10) días de publicado el Edicto. Destaca que al día del inicio de la acción continúan las mismas condiciones y que en la finca en cuestión no existe libre acceso estando su frente TOTALMENTE CERRADO, y sin chapa catastral.

Sostiene así que de los informes realizados se ha comprobado “la IMPOSIBILIDAD MATERIAL DE ACCESO A LA FINCA” y, por ello, recurre a los tribunales competentes para gestionar la orden de allanamiento del inmueble para poder realizar las tareas de “desratización, higienización, reparación de acera y construcción del cerco reglamentario” ya que considera que no puede realizar la ejecución del acto administrativo, dictado en ejercicio de la actividad de policía, sin la intervención judicial (art. 12 LPACBA).

El juez de primera instancia desestima la petición de allanamiento, por considerar que el Poder Ejecutivo de la Ciudad cuenta con facultades suficientes para la realización de las tareas de higiene y saneamiento sin la intervención judicial, ya que precisamente de “acuerdo a lo decidido por la Secretaría de Medio Ambiente y Planeamiento Urbano en la Resol. mencionada, se encuentran afectadas las condiciones de higiene y sanidad pública...” Afirma entonces que no existen razones que justifiquen la actuación del tribunal cuando la autoridad administrativa tiene facultades para garantizar en forma inmediata la salubridad de las personas, sin la intervención judicial.

El GCBA interpone contra la sentencia de primera instancia recurso de apelación. Ud. es el abogado del GCBA: ¿cómo fundaría su apelación?

b) La empresa Software Investiment se presentó en el marco de la ley de promoción de la industria del software y solicitó los beneficios que acuerda dicha norma, consistentes en la reducción de la alícuota en el Impuesto a las Ganancias.
Cumplidos los extremos formales, la Secretaría de Industria y Comercio aprueba el plan de inversiones y concede por el término de cinco años el beneficio referido. Sin embargo, una vez notificado el requirente y en razón de una resolución ministerial dictada con posterioridad, se revoca el beneficio.
El presidente de la empresa solicita su opinión respecto del problema así como de las alternativas de solución que podría optar. Efectúe el dictamen jurídico correspondiente.

3. Jurisprudencia:
a. “Pustelnik, Carlos Arnoldo y otros”, Fallos, T. 293, 133.
      c. “GCBA c/ Padilla, Alberto Lorenzo s/ Otros procesos Especiales” Expte. 18097/0, Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Sala II, 05/10/06.
      d. “Furlotti Setien” , Fallos, 314, 322.

4. Bibliografía:

1. GORDILLO, Agustín, Tratado de Derecho Administrativo, Tomo 3, Cap. V y VI.
2. GORDILLO, Agustín – DANIELE, Mabel, Ley de Procedimiento Administrativo comentada y concordada, 2007, Buenos Aires, LexisNexis.
3. Balbín, Carlos, Curso de Derecho Administrativo, Buenos Aires, La Ley, 2008.